PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición planteada por la Dra. DAGIELY PALMA RODRIGUEZ Jueza del Tribunal Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, SEGUNDO: Se ordena remitir la Dra. DAGIELY PALMA RODRIGUEZ copia certificada de la presente decisión, en los términos expuestos de conformidad al criterio establecido en la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado DELGADO OCANDO, de fecha siete (07) de agosto de dos mil tres (2003). TERCERO: Se ordena oficiar a la Jueza Inhibida remitiéndole el presente asunto signado con la nomenclatura AH52-X-2016-000403, a los fines que sea incorporado al asunto principal AP51-V-2014-010077, y sea remitido al Coordinador de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circu.....