en consecuencia, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda incoada por BENITO ANTONIO BARRIOS PARRA, GERARDO ANTONIO BARRIOS, RENE ALFREDO UZCATEGUI BARRIOS, DIEGO ALEXANDER GUERRERO GARCIA, GARTNER MEZA JOEGE EDUARDO, BECERRA BECERRA MAURO CECILIO, ROMERO ROMERO DAGNIS, TORO FELIX ANTONIO, JOSE GREGORIO GRANADOS DIAZ, ROJAS VIVAS LUIS ENRIQUE, RIVAS CONTRERAS JOSE ELIODAN, SALCEDO DAVILA GERARDO ALFONSO, ARAUJO RAUL y FUENTES CARLOS ANDRES, titulares de las cédulas de identidad N° V- 8.014.273, 10.714.213, 22.658.105, 18.207.219, 12.347.158, 4.491.994, 8.711.698, 9.267.047, 10.896.313, 4.468.449, 13.020.888, 8.049.204, 5.511.562 y 19.146.173, respactivamente parte actora, contra CORPOELEC, C.A, en su carácter de parte demanda. Igualmente, se ordena la notificación de la parte actora sobre la presente decisión y una vez que conste en autos la notificación ordenada, y vencido e.....