DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación intentado por el abogado: ROMÁN IBARRA, en su carácter de defensor del Acusado: LEONARDO PEREZ CASTELLANOS en contra del Auto dictado en fecha 17 de Septiembre de 2.009, emanada del JUZGADO VIGÉSIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual NEGO la solicitud de que se convocara a una audiencia para aclarar los términos definitivos del acta de conciliación y en consecuencia finiquitar el fondo de la controversia; con sustento en el artículo 447 ejusdem.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.