DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de CONVERSION EN DIVORCIO de la separación de Cuerpos de los ciudadanos: ROBERTO FERMÍN BELLO ARGOTTE y MICHELLE DE SOUSA VIEIRA, asistidos en un principio y luego representados judicialmente por la abogada en ejercicio AILEEN PERDOMO DE MOYA.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 21 de Abril del año 2007, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda; cuya acta quedó inserta bajo el No. 60, Tomo 01 del Libro de Matrimonios correspondiente.
TERCERO: Líbrese oficio a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Leoncio Martínez del Mu.....