Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los abogados Miguel Antonio Calvo y Meris Gómez, venezolanos, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-2.086.110 y 8.968.323 respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 12.765 y 37.327 respectivamente, en su carácter de apoderados de la sociedad mercantil, SERTRAN C.A., inscrita por ante Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 17, Tomo 24-A, de fecha 17-01-1996, domiciliada en la Urb. Ind. la Yaguara Calle 9 Edificio Inversiones Ciu.....