En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la acción de nulidad presentada en fecha 28 de abril de 2004, por la ciudadana MIRNA FERNÁNDEZ DE GUZMÁN, portadora de la cédula de identidad Nro. 4.600.589, asistida por el abogado ÁNGEL RAFAEL ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.687, actuando como Presidenta de la "Asociación Civil, Residentes y Propietarios del Parque Residencial Los Samanes", inscrita en la Oficina Sub-alterna del Registro Público de los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 08 de octubre de 2003, bajo el Nro. 36, folios 275 al 280, Tomo I, Protocolo Primero del cuarto trimestre, contra la Providencia Administrativa Nro. 0481-03, de fecha 09 de octubre de 2003, emanada de la Inspectoría del.....