Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, en concordancia con sentencia 1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial de los ciudadanos GUERIK ALBERTO GURDIEL BARRERO y JENNIFER SCHNAIDER KLEINER, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.682.972 y V- 13.693.349, respectivamente, contraído en fecha 10 de marzo de 2017, ante el Registro Civil del Municipio Baruta, Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 84, en el libro de Matrimonios del año 2017.
Expídanse copias certificadas de la prese.....