DECLARA: PRIMERO: Se declara con Lugar la impugnación de la experticia complementaria del fallo. SEGUNDO: Se fija como monto a pagar por la demandada para cada uno de los trabajadores lo siguiente:
A la trabajadora ROSA ZULAY LICON ECHENAGUCIA, la suma de 7.608,50 bolívares.
Al trabajador HUMBERTO ESTRADA PAREDES, la suma de 14.417,66 bolívares.-
Al trabajador PEDRO MIGUEL SANCHEZ CARRASQUEL, la suma de 9.705,43 bolívares.-
A la trabajadora CARMEN EDILIA CONOROPO, la suma de 10.517,60 bolívares.
Al trabajador JOSE LUIS DE LUCIA GONZALEZ, la suma de 11.496,18 bolívares.
TERCERO: En virtud que no se encuentra regulado el lapso para dictar decisión en el presente procedimiento, esta Juzgadora a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso ordena la Notificación de las partes.-