Conforme a lo anteriormente expuesto y ante la omisión de la presentación del trabajador a los fines de verificar lo establecido en el Parágrafo Primero del articulo 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y de conformidad con el último aparte del mismo, este Tribunal cambia el criterio hasta ahora sostenido, y se abstiene de homologar la transacción presentada en fecha 05 de Diciembre de 2014.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
ENRIQUE ALONSO MEJIA BLANCO URIBE
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERIDA
AILEEN ROSALBA PERDOMO DE MOYA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE
ANA VICTORIA BARRETO
LA SECRETARIA