Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente demanda, interpuesta por la ciudadana MARÍA MARLENY SARMIENTO, en razón de lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 sobre las Competencias Civiles a Nivel Nacional en Gaceta Oficial N° 39.152 del 2 de abril de 2009, y declina su competencia a los Tribunales de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por resultar competentes para conocer asuntos relacionados con jurisdicción voluntaria.
SEGUNDO:Se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidade la Circunscripción Judicial.....