En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Noveno (9°) del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación de la parte actora en contra de la sentencia del 08-11-2022, del Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial: SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano JOSE MANUEL BORGES ROBAINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.672.425 contra la entidad de trabajo RUTAS AÉREAS C.A. (RUTACA), por lo cual se condena a ésta a cancelar los montos por los conceptos especificados en la motiva del fallo. TERCERO: Se modifica el fallo apelado. CUARTO: No se condena en costas a la parte actora recurrente en razón de la naturaleza de la presente decisión. QUINTO: Se condena .....