Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: Se DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA consistente en ORDENARla SUSPENSIÓN TEMPORAL de los efectos de la convención suscrita en fecha 10-09-2020, entre la sociedad mercantil MUEBLES Y DECORACIONES EL HOGAR COLONIAL, C.A., representada por los ciudadanos MERCEDES MARÍA ANDRADE DE BARTOLACCI, GIOVANNI ADOLFO BARTOLACCI ANDRADEy ALFONSO BARTOLACCI ANDRADE;y el ciudadano OLIVER HERNÁNDEZ JIMÉNEZ, todos identificados en el encabezamiento de la presente decisión; y, muy especialmente, se SUSPENDE TEMPORALMENTEel nombramiento del cargo de"administrador" recaído en este.....