IV
DECISIÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA, la transacción celebrada por ante la Secretaría de este Tribunal, por las partes involucradas en este proceso, por una parte, la Sociedad Mercantil PROMOTORA INTRADE 3464 C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Capital) y estado Miranda, en fecha 23 de junio de 1996, bajo el N° 51, Tomo 301-A-Sgdo, debidamente asistida por ciudadano JESUS ANTONIO ALVARADO RENDON, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.862, y por la otra, la Sociedad Mercantil HARAS GRILL, C, A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 05 de septiem.....