Ahora bien, dada las circunstancias de tiempo, modo y lugar acontencidas en el presente asunto, se pudo constatar que la presente demanda fue ejercida por el mencionado profesional del derecho en fecha 16 de mayo de 2016 por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos contra el Instituto Nacional de Cooperación Educativa Socialista (INCES) (ver folios 01 al 13, ambos inclusive); por lo que vista la manifestación y revisados como han sido los extremos legales; es por lo que, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándose por terminando el presente procedimiento (apelación). Asimismo vista la solicitud de devolución de la referida providencia administrativa, se ordena el desglose y devolución del mismo por la Secretaria, en los términos que establece el o.....