DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesta por la Sociedad Mercantil GALERIAS MANELLA S.A., contra el ciudadano RAFAEL ANTONIO FLORES ADRIAN, ambos identificados en la parte inicial del fallo.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ordena a la parte demandada, que entregue a la parte actora el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, constituido por un apartamento, distinguido con el Nº 21, ubicado en el piso 4 del Edificio "MANELLA", situado en la Avenida José Félix Sosa de la Urbanización Bello Campo, Municipio Chacao del Distrito Capital.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada en virtud de haber sido totalmente vencida.....