Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos YOHANA JOSEFINA VALENZUELA RODRÍGUEZ y ANTONIO JOSÉ TORRES RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.817.281 y V-15.928.746, respectivamente, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ambos en fecha 07 de diciembre de 2007, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia El Junquito Municipio Libertador del Distrito capital, según consta de acta de matrimonio Nº 112, del libro de matrimonios correspondientes al año 2007.