Revisadas como han sido las actas procesales; con ocasión a la demandada por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana ZAIDA YELBIDA MONTIEL, cédula de identidad NºV-19.809.195 en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES 0501, C.A.; y con vista a diligencia de fecha 23 de abril de 2015, presentada por la representación judicial de la parte Actora, mediante la cual solicita la revocatoria por contrario imperio del auto de fecha 15 de abril de 2014, este Tribunal observa que el texto de dicho auto es del tenor siguiente:
"Visto que en fecha 10 de abril de 2015 fue consignada la experticia complementaria del fallo, en consecuencia, se ordena la notificación de las partes. Líbrense notificaciones."
En este orden de consideraciones, este Tribunal revisa las actas procesales y observa que en fecha 11 de marzo de 2015 se juramentó a la experta contable, a cuyos efectos contó con 10 días hábiles para la consignación de la misma: 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, .....