Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesta en fecha 06 de abril de 2017, incoado por el ciudadano WILLIAM ANTONIO PEINADO, representado por el abogado ISAURO GONZALEZ MONASTERIO, en contra de la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Instituto Nacional de Capacitación Educativa Socialista (INCES) ACTO ADMINISTRATIVO DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 2016 (REMOCIÓN Y RETIRO del ciudadano WILLIAM ANTONIO PEINADO, del cargo de Coordinador Adscrito a la Gerencia de Recursos Humano el INCES).