declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185 interpuesta por la ciudadana YORLEY CALDERON SILVA, en virtud del matrimonio celebrado con el ciudadano JOSE DAVID MORA, ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el 17 de mayo de 1989, Por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital, según consta en acta N° 58, del Libro de Registro Civil de Matrimonios.
TERCERO: Líbrese oficio a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital y a la Oficina de Nacional Electoral del Distrito Capital; anexándole a los mismos copia certificada de la presente decisión, la cual se ordena expedir de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 ambos del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se insta a los solicitantes a consignar copia del fallo.
CUARTO: Dada la natural.....