Se dicta sentencia mediante la cual declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado MARIA BEGOÑA EPELDE, inscrita en el I.P.S.A., bajo el número 105.131, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 03 de febrero de 2025, emanada del Juzgado Trigésimo Cuarto (34º) de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado que la Juez del Tribunal Sustanciador, es decir, Juzgado Décimo Primero (11º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, libre nuevamente los carteles de notificación a la parte demandada, a objeto que el alguacil encargado de practicar la notificación realice la misma de acuerdo a los extremos que establece el artículo 126 de la Ley Orgánica