En mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal N° 11, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de Revisión de Obligación de Manutención incoada por la por la ciudadana YNGRID EVELYN PALENCIA, Abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 29.889, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana LAURA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.458.681, en representación de su hijo el adolescente (...), de quince (15) años de edad, contra el ciudadano PABLO SANTIAGO CAMPOS MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.442.807.-