Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Silmar Navas Marcano, IPSA N° 115.600, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia publicada en fecha 13 de febrero de 2013,, dictado por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: Se Confirma el fallo apelado. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada conforme a lo previsto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.