Por las argumentos expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Primero: Con fundamento en los artículos 2 constitucional; 1, 14 y 98 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Parà), niega la homologación del desistimiento del recurso de apelación presentado el 14 de marzo de 2018, por los ciudadanos José Joaquín Espinoza Rengifo y Rubén Eduardo Morales Espinoza, apoderados judiciales de la victima, ciudadana Diana Margarita González Silem, titular de la cedula de identidad Nº V-15.761.099, contra de la decisión dictada el 18 de diciembre de 2017, por el Juzgado Sexto Itiner.....