El Tribunal con vista al acuerdo llegado por las partes y en consideración a que este no vulnera derechos de orden público, acuerda su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo establecido en los Artículos 3º de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 de su Reglamento y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como también acuerda la entrega a las partes de los escritos de pruebas presentados con los recaudos que los acompañan, dejando constancia las partes en este mismo acto que los reciben. Se ordena la incorporación a los autos de la copia fotostática del Cheque entregado en este acto y recibido por la apoderada de la trabajadora accionante. En cuanto a la solicitud de dar por concluido el juicio y el consiguiente archivo del expediente, esto se acordara una vez que conste en autos todos y cada uno de los pagos acordados en la presente transacción. Es todo, terminó y firman.
El Juez
Abog. Eduardo Núñez
La Secretari.....