Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por la Autoridad de la Ley, de conformidad con lo estatuido en los artículos 12, 242, 243 y 267 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el Juicio intentado por GRUPO BANCONAC, C.A. contra GEORGES CHIDIAC, la sociedad mercantil. SEGUNDO: Se ordena el levantamiento de la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble objeto del presente juicio decretada en fecha 12 de noviembre de 1985, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Mercantil de esta Circunscripción Judicial (Hoy Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario).
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas.