Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos incoada por el ciudadano GUILLERMO JOSE DUQUE OVALLES contra LA NUEVA TELEVISION DEL SUR, C.A. (TV.SUR). SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.