este Tribunal DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS entre los ciudadanos YAIMARA ARAMIT HERNANDEZ ALVAREZ y JUNIOR JAVIER MADRID PEREZ, de nacionalidad cubana y venezolano, mayores de edad, cónyuges y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E-84.585.208 y V-18.032.253, respectivamente; en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 188 y 189 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignados por los solicitantes los fotostátos correspondientes. Cúmplase.
LA JUEZ,
MARITZA BETANCOURT
POR SECRETARÌA,
__________________.
Exp. AP31-S-2014-005969
MB/__/YOXLOPEZ