Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la inhibición planteada por estar hecha en forma y fundada en derecho; y por vía de consecuencia se aparta al Dr. ANTONIO RAFAEL VELÁSQUEZ DELGADO, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; de seguir conociendo del juicio que por SIMULACIÓN sigue la ciudadana MARILENA PARCA PISANO, contra las sociedades mercantiles DISTRIBUIDORA CHEVITO, C.A., CORPORACIÓN DISIPAL 1967, C.A., y los ciudadanos GUIDO DANIELE MARCHESINI DI PISA, GIUSEPPA DI PISA DE MARCHESINI y LIBERTA PATRICIA MARCHESINI DI PISA.