En consecuencia, por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS y PERJUICIOS, DAÑO EMERGENTE y LUCRO CESANTE y SUBSIDIARIAMENTE POR ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA, fue incoada por la sociedad mercantil ASTILLERO y VARADERO DEL CARIBE, C. A., en contra del ciudadano JEAN MAURICE BERGERON.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el fraude procesal denunciado por la parte demandada JEAN MAURICE BERGERON.
Conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en el proceso, se condena en costas a la parte actora sociedad mercantil ASTILLERO y VARADERO DEL CARIBE, C. A.