En consecuencia, conforme con los argumentos de hecho y de derecho ut supra desarrollados, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia Repone la causa al estado de dictar auto complementario al auto de admisión, en tanto notificar la supuesta unidad económica en cabeza de VECTOR GLOBAL WMG INC, sociedad mercantil ubicada en 1001 Brickell Bay Drive, Suite 1900, Miami, F1 33131, por lo cual se deja sin efecto jurídico alguno la certificación estampada por la ciudadana Secretaria de este Tribunal, de fecha 15 de noviembre de 2022, a cuyos efectos por auto separado se procederá a ordenar lo conducente respecto a la práctica de la notificación de VECTOR GLOBAL WMG INC. Igualmente, se ordena librar oficio a la oficina de apoyo directo a la actividad jurisdiccional (Coordinación de Secretarios de Sustanciación, Mediación.....