DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara:
PRIMERO: NULAS todas las actuaciones ocurridas en el juicio a partir del día 31 de mayo de 2019, inclusive, fecha en que la Defensora Judicial dio contestación a la demanda en el presente asunto y ordenar la reposición de la presente causa al estado de que la defensora judicial realice el debido contacto con la parte demandada, enviándole el telegrama o cualquier otro medio de comunicación, en la dirección suministrada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de localizar, contactar a su defendida y ejercer las defensas inherentes a la protección de sus derechos e intereses, debiendo contestar la demanda dentro de .....