Analizadas las pruebas presentadas por la parte solicitante esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en auto; En consecuencia, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Partida de Nacimiento inserta en el libro de Registro Civil de Nacimiento, llevado por la por la Oficina Subalterna de registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, del Municipio Libertador del Dtto. Capital, Acta de Nacimiento N°. 2920 año 1957. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la transcripción errónea en la Partida de Nacimiento al colocar el Nombre de la solicitante como: "GLADYS"; cuando lo correcto es "PAULA SOTO HERNÁNDEZ"¿.- ASÍ SE DECIDE.-
Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión. Líbrense oficio.-
Publíquese, Regístrese Noti.....