Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio con base al artículo 185-A del Código Civil, de los ciudadanos ADRIANA XIMENA LUQUE QUINTERO y ALEJANDRO JESÚS NOGUERA GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros V-17.268.936 y V-13.477.733 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos.