En este estado Visto el acuerdo Transaccional antes descrito, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, verificado como ha sido la comparecencia del apoderado judicial de la parte actora, el abogado Francisco Laprea Millán, a quien la parte actora le confirió expresas facultades para transigir, recibir cantidades de dinero, otorgar finiquitos y disponer del derecho en litigio, según instrumento poder cursante a los folios 23 al 25 del expediente y que la abogada Marianela Darthenay Bravo, ha actuado debidamente facultada por la demandada para actuar en actos conciliatorios en el presente asunto según instrumento poder cursante a los folios 41 al 44 del expediente contentivo de la presente causa, y visto finalmente que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 del la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es por lo que HOMOLOGA EL.....