En virtud a la motivación efectuada, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los ciudadanos CESAR LAREZ URRIOLA y MARIANA JOSEFINA HERNANDEZ OCHOA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.077.970 y V-10.582.530, respectivamente, decretada el 03 de febrero de 2015 y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía.