Este Tribunal Unipersonal No. XII, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad a lo solicitado, en consecuencia se suspende el pago de la obligación alimentaria (hoy obligación de manutención), que este Tribunal fijo a favor del ciudadano ALEXANDER TOVAR MATURI, en fecha 15 de abril de 2004, por lo tanto, al ciudadano DOUGLAS ALEXANDER TOVAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-10.472.775, no se le deberá hacer descuento alguno por tales conceptos en su lugar de trabajo, es decir la Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se ordena oficiar al departamento de recursos humanos de la referida Institución del Estado, a los fines de hacerle saber la presente decisión.