DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR la acción que por DESALOJO sigue la ciudadana MARIA EUGENIA ANTEQUERA DE CORAO contra la ciudadana NIRIA DE LA CRUZ LOPEZ GONZALEZ. En consecuencia se ordena a:
PRIMERO: Conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena al pago de las costas a la parte perdidosa, por haber resultado vencida en la presente incidencia.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes por cuanto la presente decisión fue dictada fuera de lapso de Ley, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada en el acopiador respectivo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.....