Visto el convenio de Fijación de Obligación de Manutención, presentado para su homologación por la Abg. JUAN CARLOS ESTRELLA, actuando en su carácter de Defensor Público N° (028) en materia de Protección, en interés y resguardo de los derechos y garantías de la niña, de Dos (02) años de edad, el cual fue suscrito ante la mencionada Defensoría en fecha 03/04/2009 por los ciudadanos YUSMARY DEL CARMEN BRICEÑO y WILFREDO ANDRES AGUILERA RAMIREZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.526.872 y V-18.461.388 respectivamente, en beneficio de su hija la niña antes mencionada. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Ahora bien, en virtud que se encuentran llenos lo extremos previstos en la Ley, esta Sala de Juicio N° 12 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial d.....