- III -
DE LA DECISIÓN
Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA LA MEDIDA DE SECUESTRO peticionada por las ciudadanas ANA LORENA GENE y MARIA DEL PILAR GENE de HOWELLS, parte actora en la presente causa.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la Ciudad Capital, a los diecisiete (17) días del mes de septiembre de dos mil nueve (2009). Años 199º y 150º
LA JUEZ,
LA SECRETARIA Acc,
Abg. DAYANA ORTÍZ RUBIO
GLORIA CASTRO AGUIAR
En esta misma fecha, previo el anuncio de Ley, se publicó y registro la anterior decisión, siendo la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde (1:45 p.m.).
LA SEC.....