Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, de conformidad con el artículo 26 Constitucional; 207 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el acápite Segundo del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCION A LOS CULTIVOS EXISTENTES A FAVOR DEL INTERES SOCIAL Y COLECTIVO, en la persona ciudadano NAVAS DELGADO OMAR JOSE, en un lote de terreno de una superficie aproximada de 4.500 Mts., ubicado en la subida de la Carretera Panamericana, Km. 5, vía Caracas - Los Teques, Parroquia Coche, Caracas, D.C.; Y SE EXTIENDE A LOS PRODUCTORES COLINDANTES AFECTADOS, POR TRATARSE DEL CIERRE DE UNA VÍA DE ACCESO DE UTILIDAD PÚBLICA, DE INTERÉS GENERAL Y COLECTIVO, POR UN LAPSO DE TREINTA (30) DÍAS CONTADOS A PARTIR.....