Con respecto a la prueba de informes promovida por la accionada al final de su escrito de pruebas, donde solicita información a los Juzgados Superior Primero y Superior Décimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. Este Juzgador considera que existen otros medios para traer a los autos este hecho, ya que los datos y documentos solicitados corresponden a un EXPEDIENTE, por lo que no se puede emplear los informes previstos en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para traer a los autos información que constan en documentales (ver Decisión N° 2575, expediente N° 02-0444, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia , de fecha Caracas, 24 de septiembre de 2003, caso Asociación Pro Defensa y Rescate de los Servicios Públicos (APRODESER) que establece..... " En relación a la prueba de informes promovida en este particular, donde requiere información al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judici.....