Se dictó sentencia definitiva mediante el cual, este Juzgado declaró CON LUGAR LA DEMANDA DE TACHA DE FALSEDAD DE DOCUMENTO PÚBLICO opuesta por la ciudadana THAMARA SOFÍA MONCADA CHOURIO contra la ciudadana MARÍA ELENA JERÓNIMO DELGADO, en consecuencia, se declaró FALSO el documento autenticado en fecha 17 de Noviembre de 2008, ante la Notaría Pública Primera del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el Nº 27, Tomo 115 de los Libros de Autenticaciones respectivo. Igualmente se ordenó OFICIAR a la Oficina de Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, a fin que estampe la nota marginal correspondiente sobre la falsedad del documento de venta protocolizado el día 19 de Octubre de 2011, bajo el Nº 2011.7793, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado bajo el Nº 241.13.16.1.8523 y correspondiente al Libro de Folio Real de 2011, conforme los lineamientos determinados en este fallo, una vez quede definitivamente firme.