PRIMERO:SIN LUGARel recurso deapelación presentado en fecha 25de octubre del año 2021, por la abogadaDEILIN GRIMAN NOGUERA, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictadapor el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró CON LUGARla cuestión previa contenida en el ordinal 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la cosa juzgada.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la sentencia apelada, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,de fecha 13 de octubre de 2021, en los términos aquí establecidos.
TERCERO: Como consecuencia del particular anterior, se declara extinguido el presente proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 356 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO:Se condena en co.....