Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido, en fecha 05 de mayo de 2023, por la abogado Sulma Alvarado, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil, INVERSIONES MERCAMPA, S.A., contra la decisión de fecha 03 de mayo de 2023, dictada por el Tribunal Décimo Sexto (16°) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró no subsanada la cuestión previa contenida en el ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la acumulación prohi.....