declara: SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano MANUEL ANTONIO MEJIAS, venezolano, mayor de edad de este domicilio titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.665.045 en contra REPUBLICA BOLIVARINA DE VENEZUELA por Órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA INFRAESTRUCTURA (MINFRA).
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION
Dado, sellado y firmado en el Despacho del JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, En Caracas, a los veintinueve (29) días del mes de julio del dos mil siete (2008) Año 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
MARIELA MORGADO RANGEL
LA JUEZ
Abog. TOMAS MEJIAS
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