Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO UNDECIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoada por INVERSIONES MASQUER, C-A contra JOSE DOMINGUEZ. En consecuencia:
PRIMERO: SE DECLARA RESUELTO el contrato de arrendamiento, autenticado en fecha 7 de Marzo de 2006, por ante la Notaría Pública Sexta del Municipio Sucre del Estado Miranda, celebrado entre la COLL BRITO BIENES RAÍCES, C.A y el ciudadano JOSE ANTONIO DOMINGUEZ MOLINA, cuyo objeto es un inmueble constituido por el apartamento No 8-C, ubicado en el piso 8 del Edificio El Pazo, Torre B, ubicado en la Urbanización Terrazas del Avila, Calle 2, Municipio Sucre del Distrito Capital., por falta de pago de los cánones de arrendamiento correspondientes de los meses de Septiembre y Octubre de 2008, ambos inclusive.
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