Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual este Juzgado ((EN SEDE CONSTITUCIONAL), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETO la medida cautelar innominada solicitada por los ciudadanos ENRIQUE NAVARRO FARRAN, LILLIAM ZORAIDA BARROETA ARMAS, GERARDO ESCALONA HEREDIA, ANGEL LUIS TAPIA GUTIERREZ, DENYS LA TOUR y CARLOS SEIDL SHARON, en su carácter de accionistas del CLUB PUERTO AZUL, A.C. Como consecuencia de la declaratoria se ordenó la SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA de fecha 12 de agosto de 2014 dictada por el Juzgado Vigésimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, hasta tanto se haya resuelto la presente Acción de Amparo. Se ordenó oficiar al referido Juzgado participando el presente decreto.