Por las motivaciones establecidas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DE CARÁCTER CONDENATORIO que se ha dictado en contra del ciudadano AZUAJE PÉREZ LEIBI JOSÉ, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.402.064, nacido en esta ciudad de Guanare, estado portuguesa en fecha 29 de mayo del año 1968, y con domicilio registrado en el barrio "19 de Abril", sector II, calle Nº 03, casa Nº 2-8 Guanare estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido los artículos 68 y 69 de la Ley Orgánica sobre los derechos de la Mujer a Una vida Libre de Violencia, en concordancia con los artículos 479, 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Registres, déjese copia, notifíquese a las partes y a la víctima .....