-III-
DECISIÓN
Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Octavo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los Abogados OSCAR ELIAS OMAÑA GUERRERO, JOSE ISRAEL CORREA MONTAÑEZ, MARIA TERESA ARRIAGA RODRIGUEZ, ALFONSO MENDEZ, ZAIDA COROMOTO MUÑOZ, MARIA ESMERALDA SIMANCA ZAMBRANO, LUIS ENRIQUE ROMERO, NAJIBE LUCIA PAREDES, ORLANDO RAFAEL RONDON y DINOIRA MANUELA APARICIO UZCATEGUI, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 37.382, 83.574, 47.112, 33.662, 107.248, 69.709, 33.374, 37.557, 33.662 y 40.435, respectivamente, con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano: JUAN ARNALDO SAYAGO CALDERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.576.609, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS), por concepto de solicitud de jubilación.
Publíquese, regístrese
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