- II -
DECISIÓN
En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, suscrita entre las partes en los mismos términos en ella establecidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, con ocasión a la pretensión que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria "FOGADE") actuando como liquidador de la sociedad mercantil BANCO ITALO C.A., contra la sociedad mercantil CARRARA- VEN C.A. y los ciudadanos ALICIA DIAZ PEREZ, BENITO MARIO BERTOLINI, y RENATA LAZZERI de BERTOLINI, ampliamente identificados al inicio. En consecuencia, téngase la referida transacción como sentencia pasad.....